Si, chilenos y extranjeros residentes en Chile por cualquier paso fronterizo habilitado.
• Si, chilenos y extranjeros residentes en Chile, con:
1. Pase de movilidad habilitado (no incluye a menores de edad sin pase de movilidad):
• Pasos fronterizos:
• Aeropuerto Arturo Merino Benítez
• Aeropuerto Iquique
• Aeropuerto Antofagasta
2. Si, con Permiso excepcional para salida del país, obtenido en comisaría virtual y
aprobado.
• Pasos fronterizos: cualquier paso fronterizo abierto
• Causales para obtener el permiso:
• Carácter humanitario
• Gestiones esenciales para la salud del viajero
• Gestiones fundamentales para la adecuada marcha del país
• Residir en el exterior
*El pase de movilidad o el permiso de comisaría virtual será requerido en el control de policía internacional.
1. Declaración Jurada:
El viajero debe completar el formulario “Declaración Jurada de Viajeros” de forma electrónica y hasta 48 horas antes del embarque. En este formulario entregará información de contacto, antecedentes de salud y de su viaje, y además acepta las condiciones de ingreso. Está disponible en www.c19.cl, y será requerido por el operador del medio de transporte al abordarlo, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito.
2. Test PCR:
El viajero debe adjuntar a la “Declaración Jurada de Viajeros” un resultado negativo de un test PCR para SARS-CoV-2. Este resultado negativo del test no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de salida del último vuelo con destino final Chile en caso de entrar vía aérea. En caso de ingresar vía terrestre, no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la entrada a Chile. Será requerido por el operado del medio de transporte al abordarlo, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito. Si una persona presenta un resultado positivo persistente por haber estado contagiado del virus el último mes, podrá adjuntar dos resultados de PCR positivos, donde la toma de muestra de uno deberá haber sido realizada hasta 72 horas antes del embarque o ingreso y el otro deberá haberse realizado con más de 14 días de diferencia con la fecha de embarque o ingreso, pero con menos de un mes desde el mismo.
1. Aislamiento Estricto en Domicilio Declarado
a. Personas con Pase de Movilidad o validación (temporal y definitiva) del Minsal de vacunas recibidas en el extranjero (detalle en punto III de este documento)
• 5 días de aislamiento: 120 horas contadas desde el control de aduana sanitaria en el punto de ingreso al país.
b. Personas sin Pase de Movilidad o sin validación del Minsal de vacunas recibidas en el extranjero
• 7 días de aislamiento: 168 horas contadas desde el control de aduana sanitaria en el punto de ingreso al país.
REQUISITOS:
A CONSIDERAR:
El aislamiento del viajero es equivalente al que realizan los casos positivos y contactos estrechos (pero sin licencia médica). Esto quiere decir que, durante su aislamiento, el viajero y sus cohabitantes NO pueden:
2. Seguimiento de Viajeros por 14 días
a. Auto reporte:
Toda persona que ingrese al país deberá completar durante 14 días un formulario de auto reporte de síntomas, donde deberá completar una encuesta de estado de salud y ubicación.
Aquella persona que presente síntomas de coronavirus, deberá permanecer en aislamiento, reportar sus síntomas en el formulario que recibirá en su correo electrónico y esperar el contacto de la autoridad sanitaria. En el caso que los síntomas sean fiebre mayor a 37,8ºC , pérdida brusca de olfato o pérdida brusca del gusto, el viajero deberá acudir a un centro asistencial a la brevedad, haciendo uso de su mascarilla y evitando utilizar el transporte público, cumpliendo con todas las medidas sanitarias que sean pertinentes. Ante dudas llame a Salud Responde al 600 360 7777.
b. Testeo:
El viajero podrá ser sometido a varios test diagnósticos para COVID-19, ya sea en el mismo punto de entrada al país o en cualquiera de los 14 días siguientes. Los test de diagnóstico pueden ser PCR y/o test de antígeno. También podrán ser sometidos a estudios de genotipificación.
c. Fiscalización:
Los viajeros que estén cumpliendo aislamiento obligatorio serán fiscalizados presencialmente en el lugar declarado para el cumplimiento de éste, en cualquier día y hora mientras dure el aislamiento. El fiscalizador verificará que en los domicilios se encuentren todos los cohabitantes declarados en la declaración jurada del viajero (C19) y que en el domicilio no haya otras personas no declaradas. En caso de hotel, el fiscalizador verificará que la persona se encuentre en la habitación. En caso de incumplir con cualquiera de las medidas anteriores, el viajero será sancionado según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, en el Código Penal y en la ley Nº 20.393, según corresponda. El monto de la multa aplicada del sumario sanitario por infracciones a la normativa vigente puede llegar hasta 1000 UTM ($50.000.000).
Además del sumario sanitario se bloqueará el pase de movilidad a todo viajero o cohabitante que no cumpla con las medidas sanitarias vigentes.
d. Aislamiento para casos positivos:
Los viajeros que resulten positivos en alguno de los test realizados en el periodo de seguimiento de viajeros de 14 días, y sus contactos estrechos, deberán realizar el aislamiento obligatoriamente en el lugar y por el periodo de tiempo que la Autoridad Sanitaria determine. Incluye menores de edad.
Todas las vacunas que han sido aprobadas por el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Administración de Alimentos y edicamentos de los Estados Unidos (FDA) y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA). Actualmente éstas corresponden a las de los laboratorios Moderna, Pfizer/BioNTech, Janssen Johnson&Johnson), Oxford/AstraZeneca, Sinopharm, Sinovac, CanSino y Generium(Sputnik-V).
Extranjeros no residentes en Chile, con:
1. Pase de movilidad chileno: consiste en un certificado de vacunación contra coronavirus validado en Chile previamente (detalle en punto III de este documento)
2. Excepciones contenidas en el Decreto 102 del Ministerio del Interior.
Extranjeros no residentes en Chile que salen del país con su pasaporte del país de origen por cualquier paso fronterizo habilitado.
1. Aislamiento Estricto en Domicilio Declarado
a. Personas con Pase de Movilidad o validación (temporal y definitiva) del Minsal de
vacunas recibidas en el extranjero (detalle en punto III de este documento)
• 5 días de aislamiento: 120 horas contadas desde el control de aduana sanitaria en el punto de ingreso al país.
b. Personas sin Pase de Movilidad o sin validación del Minsal de vacunas recibidas en el extranjero
• 7 días de aislamiento: 168 horas contadas desde el control de aduana sanitaria en el punto de ingreso al país.
REQUISITOS:
A CONSIDERAR:
El aislamiento del viajero es equivalente al que realizan los casos positivos y contactos estrechos (pero sin licencia médica). Esto quiere decir que, durante su aislamiento, el viajero y sus cohabitantes NO pueden:
2. Seguimiento de Viajeros por 14 días
a. Auto reporte:
Toda persona que ingrese al país deberá completar durante 14 días un formulario de auto reporte de síntomas, donde deberá completar una encuesta de estado de salud y ubicación.
Aquella persona que presente síntomas de coronavirus, deberá permanecer en aislamiento, reportar sus síntomas en el formulario que recibirá en su correo electrónico y esperar el contacto de la autoridad sanitaria. En el caso que los síntomas sean fiebre mayor a 37,8ºC , pérdida brusca de olfato o pérdida brusca del gusto, el viajero deberá acudir a un centro asistencial a la brevedad, haciendo uso de su mascarilla y evitando utilizar el transporte público, cumpliendo con todas las medidas sanitarias que sean pertinentes. Ante dudas llame a Salud Responde al 600 360 7777.
b. Testeo:
El viajero podrá ser sometido a varios test diagnósticos para COVID-19, ya sea en el mismo punto de entrada al país o en cualquiera de los 14 días siguientes. Los test de diagnóstico pueden ser PCR y/o test de antígeno. También podrán ser sometidos a estudios de genotipificación.
c. Fiscalización:
Los viajeros que estén cumpliendo aislamiento obligatorio serán fiscalizados presencialmente en el lugar declarado para el cumplimiento de éste, en cualquier día y hora mientras dure el aislamiento. El fiscalizador verificará que en los domicilios se encuentren todos los cohabitantes declarados en la declaración jurada del viajero (C19) y que en el domicilio no haya otras personas no declaradas. En caso de hotel, el fiscalizador verificará que la persona se encuentre en la habitación. En caso de incumplir con cualquiera de las medidas anteriores, el viajero será sancionado según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, en el Código Penal y en la ley Nº 20.393, según corresponda. El monto de la multa aplicada del sumario sanitario por infracciones a la normativa vigente puede llegar hasta 1000 UTM ($50.000.000).
Además del sumario sanitario se bloqueará el pase de movilidad a todo viajero o cohabitante que no cumpla con las medidas sanitarias vigentes.
d. Aislamiento para casos positivos:
Los viajeros que resulten positivos en alguno de los test realizados en el periodo de seguimiento de viajeros de 14 días, y sus contactos estrechos, deberán realizar el aislamiento obligatoriamente en el lugar y por el periodo de tiempo que la Autoridad Sanitaria determine. Incluye menores de edad.
1. Declaración Jurada:
El viajero debe completar el formulario “Declaración Jurada de Viajeros” de forma electrónica y hasta 48 horas antes del embarque. En este formulario entregará información de contacto, antecedentes de salud y de su viaje, y además acepta las condiciones de ingreso. Está disponible en www.c19.cl, y será requerido por el operador del medio de transporte al abordarlo, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito.
2. Test PCR:
El viajero debe adjuntar a la “Declaración Jurada de Viajeros” un resultado negativo de un test PCR para SARS-CoV-2. Este resultado negativo del test no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de salida del último vuelo con destino final Chile en caso de entrar vía aérea. En caso de ingresar vía terrestre, no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la entrada a Chile.
Será requerido por el operador del medio de transporte al abordarlo, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito. Si una persona presenta un resultado positivo persistente por haber estado contagiado del virus el último mes, podrá adjuntar dos resultados de PCR positivos, donde la toma de muestra de uno deberá haber sido realizada hasta 72 horas antes del embarque o ingreso y el otro deberá haberse realizado con más de 14 días de diferencia con la fecha de embarque o ingreso, pero con menos de un mes desde el mismo.
3. Seguro Médico de Viaje:
Este requisito es solo para los extranjeros no residentes en el país. El viajero debe adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros un certificado de un seguro médico que cubra los gastos que pudieran ocasionar la asistencia médica, atención hospitalaria y repatriación, durante toda su estancia en el país, incluida la cobertura de cualquier gasto originado por Covid-19.
El monto mínimo de cobertura para las prestaciones de salud deberá ser de USD$30.000.
b. Personas sin Pase de Movilidad (sin validación por el Minsal de vacunas recibidas en el extranjero.
REQUISITOS:
A CONSIDERAR:
El aislamiento del viajero es equivalente al que realizan los casos positivos y contactos
estrechos (pero sin licencia médica). Esto quiere decir que, durante su aislamiento, el viajero y sus cohabitantes NO pueden:
2. Seguimiento de Viajeros por 14 días
a. Auto reporte:
Toda persona que ingrese al país deberá completar durante 14 días un formulario de auto reporte de síntomas, donde deberá completar una encuesta de estado de salud y ubicación. Aquella persona que presente síntomas de coronavirus, deberá permanecer en aislamiento, reportar sus síntomas en el formulario que recibirá en su correo electrónico y esperar el contacto de la autoridad sanitaria. En el caso que los síntomas sean fiebre mayor a 37,8ºC , pérdida brusca de olfato o pérdida brusca del gusto, el viajero deberá acudir a un centro asistencial a la brevedad, haciendo uso de su mascarilla y evitando utilizar el transporte público, cumpliendo con todas las medidas sanitarias que sean pertinentes. Ante dudas llame a Salud Responde al 600 360 7777.
b. Testeo:
El viajero podrá ser sometido a varios test diagnósticos para COVID-19, ya sea en el mismo punto de entrada al país o en cualquiera de los 14 días siguientes. Los test de diagnóstico pueden ser PCR y/o test de antígeno. También podrán ser sometidos a estudios de genotipificación.
c. Fiscalización:
Los viajeros que estén cumpliendo aislamiento obligatorio serán fiscalizados presencialmente en el lugar declarado para el cumplimiento de éste, en cualquier día y hora mientras dure el aislamiento. El fiscalizador verificará que en los domicilios se encuentren todos los cohabitantes declarados en la declaración jurada del viajero (C19) y que en el domicilio no haya otras personas no declaradas. En caso de hotel, el fiscalizador verificará que la persona se encuentre en la habitación. En caso de incumplir con cualquiera de las medidas anteriores, el viajero será sancionado según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, en el Código Penal y en la ley Nº 20.393, según corresponda. El monto de la multa aplicada del sumario sanitario por infracciones a la normativa vigente puede llegar hasta 1000 UTM ($50.000.000). Además del sumario sanitario se bloqueará el pase de movilidad a todo viajero o cohabitante que no cumpla con las medidas sanitarias vigentes.
d. Aislamiento para casos positivos:
Los viajeros que resulten positivos en alguno de los test realizados en el periodo de seguimiento de viajeros de 14 días, y sus contactos estrechos, deberán realizar el aislamiento obligatoriamente en el lugar y por el periodo de tiempo que la Autoridad Sanitaria determine. Incluye menores de edad.
Todas las vacunas que han sido aprobadas por el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA) y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA). Actualmente éstas corresponden a las de los laboratorios Moderna, Pfizer/BioNTech, Janssen (Johnson&Johnson), Oxford/AstraZeneca, Sinopharm, Sinovac, CanSino y Generium (Sputnik-V).
Desde el 1 de octubre de 2021 ya no rige el Estado de Excepción en todo el país, por lo tanto, se dio termino al toque de queda.
Te recomendamos usar servicios turísticos que cuentan con el certificado de confianza turística, estos servicios han declarado cumplir con los protocolos sanitarios.
Te recomendamos llamar al fono: 800 726 666 o puedes escribir al mail residenciasanitaria11@redsalud.gov.cl